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** Este programa finalizó el 31 de marzo de 2017 **

El 24 de junio de 2015, el gobernador promulgó la ley de un programa de amnistía por única vez para las multas por infracciones de tránsito y no de tránsito no pagadas. Esto es lo que debe saber:

¿Cuándo estará disponible el programa de amnistía? Inicio: 1.º de octubre de 2015 | Fin: 31 de marzo de 2017

¿Quién puede participar en el programa de amnistía? Hay dos grupos de personas que pueden participar en el programa de amnistía:

  • Las personas con multas no pagadas cuyas multas tenían que pagarse originalmente el 1.º de enero de 2013 o antes, que no hayan hecho un pago después del 24 de junio de 2015, pueden ser elegibles tanto para que se reduzca su deuda en un 50 u 80 por ciento dependiendo de sus ingresos como que se les restablezca su licencia de manejar a menos que se aplique una exclusión de las indicadas a continuación.
  • Las personas que hicieron un pago después del 24 de junio de 2015 sobre una multa no son elegibles para una reducción de esa multa, pero pueden ser elegibles para que se les restablezca su licencia de manejar si están al día en un plan de pagos con un programa integral de cobranza.
  • Las personas con más de una multa pueden no ser elegibles para una reducción sobre una multa individual si no se cumplen los criterios de elegibilidad para la multa.

Para conocer más detalles sobre el programa Amnistía de Tránsito, visite el sitio web del Consejo Judicial.

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