Skip to main content
Skip to main content.

Servicios de intérpretes e idiomas

Intérpretes proporcionados por la corte

Si está involucrado en un proceso para una audiencia en una corte penal, de menores, familiar o de tránsito, puede solicitar un intérprete al secretario en el mostrador o al secretario en la sala de la corte. Si no hay un intérprete disponible en el momento de su audiencia, la corte puede aplazar su caso hasta que se le pueda asignar un intérprete.

Si está involucrado en una audiencia civil o de reclamos menores, se le puede proporcionar un intérprete, si hay uno disponible.

Se requiere que las partes y los abogados notifiquen a la corte sobre cualquier necesidad de interpretación a fin de garantizar que la corte pueda organizar estos servicios de manera oportuna. Para notificar a la corte, puede:

Devuelva el formulario al coordinador de intérpretes por correo, fax, entrega en mano o por correo electrónico a Info@nccourt.net.

Si decide utilizar un intérprete no certificado o no registrado, como un amigo o pariente, pídale a la persona que lea las instrucciones y los deberes de interpretación en la hoja de información titulada Deberes del intérprete de idiomas extranjeros: Reclamos menores y Civil (INT-200).

Consejos para usar los servicios de un intérprete

El uso de los servicios de un intérprete de la corte puede ser incómodo, porque depende de otra persona para obtener su información o hablar con el juez. Siga estos consejos cuando use los servicios de un intérprete en una sala de la corte:

  • Escuche atentamente al intérprete.
  • Espere a que el intérprete termine de hablar antes de responder.
  • Hable despacio para que el intérprete pueda oír todo lo que dice.

No interrumpa, incluso si alguien en la corte dice algo malo sobre usted. Tendrá la oportunidad para hablar.

¿Qué pasa si la corte no tiene un intérprete que hable mi idioma?

Para encontrar un intérprete que hable su idioma, vea el sitio web del Consejo Judicial. En el lado izquierdo de la página de intérpretes haga clic en el enlace que dice "Buscar un intérprete". Se le proporcionará un directorio de búsqueda de intérpretes que tienen buena reputación ante el Consejo Judicial.

Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA, por sus siglas en inglés)

Si necesita los servicios de un intérprete de lenguaje de señas, puede solicitarlo en cualquier corte, para cualquier tipo de audiencia que llegue a tener. Esto incluye audiencias civiles, de reclamos menores y servicio de jurado.

¿Qué pasa si quiero ser intérprete?

Si le interesa convertirse en intérprete, visite la página "Conviértase en intérprete" del Consejo Judicial.


Plan para Dominio de Inglés Limitado

Este documento sirve como el plan para que la Corte Superior del condado de Nevada proporcione a las personas con dominio de inglés limitado (LEP, por sus siglas en inglés) servicios que cumplan con el Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964 (Título 42 del Código de los Estados Unidos (U.S.C., por sus siglas en inglés), secciones 2000d y siguientes; Título 45 del Código de Regulaciones Federales (C.F.R., por sus siglas en inglés), secciones 80.1 y siguientes, y Título 28 del C.F.R., secciones 42.101–42.112). El propósito de este plan (en inglés) es proporcionar un marco para la prestación de asistencia con el idioma oportuna y razonable a las personas con LEP que se comunican con la Corte Superior del condado de Nevada | >> Haga clic aquí para ver el LEP (en inglés).

 

Was this helpful?

This question is for testing whether or not you are a human visitor and to prevent automated spam submissions.