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Asesor de reclamos menores

Información sobre el asesor de reclamos menores

Según el Código de Procedimiento Civil, sección 116.260, cada condado tiene que brindar asistencia y asesoría individual gratis a los litigantes y a los posibles litigantes de reclamos menores.
El asesor de reclamos menores está disponible a través del Centro de ayuda ubicado en la biblioteca legal.

Funciones y limitaciones

Lo siguiente puede ayudarle a comprender mejor las funciones y las limitaciones del asesor de reclamos menores:

  • El asesor solo puede ayudarle en asuntos que podrían involucrar a la corte de reclamos menores y áreas relacionadas.
  • El asesor puede proporcionar información sobre remisiones a otras agencias.
  • El asesor puede sugerir un servicio de remisión a abogados cuando los problemas son complejos o se desea una atención más detallada.
  • El asesor puede remitirlo a la biblioteca legal u otra fuente para que investigue más a fondo sus propias consultas.
  • El asesor no puede representar a nadie en la corte y no puede ser su defensor.
  • El asesor no prepara documentos.
  • Las comunicaciones con el asesor son confidenciales en la medida en que el asesor no discute sus hechos o estrategia con otros. Sin embargo, el asesor puede proporcionarle información y servicios a la otra parte de su caso.
  • Los asesores tienen la inmunidad que les confiere la sección 818.9 del Código de Gobierno con respecto a la asesoría brindada.
  • El asesor no es responsable del resultado de su caso.

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